ZONAS FRANCAS.

Áreas geográficas delimitadas del territorio nacional, cuyo objetivo es promover y desarrollar el proceso de industrialización de bienes y la presentación de servicio destinados primordialmente a los mercados externos.

Las Zonas Francas, son espacios definidos dentro del territorio nacional, en la que se desarrollan actividades industriales de bienes y de servicios o actividades comerciales, están regulada por disposiciones especiales en materia aduanera, tributaria y comercio exterior. Se encuentran adscritas al ministerio de comercio exterior y cuenta con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.

En otras palabras podemos decir, que es el espacio definido donde varias empresas desarrollan sus objetos sociales mediante la ejecución de actividades comerciales, de servicios e industriales, con condiciones fiscales especiales.

Características de las Zonas Francas.

- Tienen el propósito de impulsar las exportaciones, atraer inversión extranjera, generar empleo en las regiones, lograr transmisión tecnológica y promover el progreso.

 Las Zonas Francas tiene como objetivo prestar un servicio a personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, domiciliadas o no en el pais, con el fin de introducir dentro del área mercancía o materia prima libres de gravamen para manufacturar u operar en ellas, para exportar o importar los productos al resto del territorio nacional los bienes introducidos inicialmente en la zona.

Los Decretos 2131 de 1991 y 971 de 1993, las zonas francas pueden ser administradas por el sector público y privado nacional o extranjero,asi mismo, se aplica un règimen legal autorizado por el estado. 

El artículo 2 de la ley 1004 del 2005, expone la finalidad de las zonas francas:
  • Ser instrumento para la creación de empleo y para la captación de nuevas inversiones capital.
  • Ser un polo de desarrollo que promueva la competitividad en las regiones dónde se establezca.
  • Promover la generación de economías de escala.
  • Simplificar los procedimientos del comercio de bienes y servicios, para facilitar su venta. 

  • Zona Franca Permanente- de parque industrial o multiempresariales: Corresponde a una parte o área definida del territorio nacional en la que sitúan múltiples empresas industriales o comerciales, que tienen un tratamiento especial tributario, aduanero y de comercio exterior.
  • Zona Franca Permanente Especial: Corresponde a un área delimitada del territorio nacional en la que se instala un único usuario industrial, y tiene un tratamiento especial tributario, aduanero y de comercio exterior.
  • Zona Franca Transitoria: Área delimitada del territorio donde se celebran eventos entre los que están en las ferias, exposiciones, congresos y seminarios de carácter nacional e internacional, y gozan de un tratamiento especial aduanero, tributario y de comercio.
  • Zona Franca Industriales de Bienes y Servicios y Comerciales: Promover y desarrollar el proceso de industrialización, la prestación de servicio destinados primordialmente a los mercados externos y la comercialización.
  • Zona Franca Industriales de Servicios Tecnológicas: Promover y desarrollar empresas de base tecnológicas, aquella cuyos productos sean de investigación científica y desarrollo tecnológico, de nuevos productos y procesos de creación, generación y apropiación tecnológica.
  • Zona Franca Industriales de Turístico: Promover la presentación de servicios turístico, destinados primordialmente al turismo extranjero y subsidiariamente al turismo nacional.

  • Usuario Operador: Persona jurídica autorizada para dirigir, administrar, supervisar, promocionar y desarrollar varias zonas francas. El Usuario Operador, vigilara las mercancias bajo control aduanero y autorizara las operaciones de ingreso y salida de las mismas.
  • Usuario Industrial de Bienes: Persona jurídica exclusivamente en una o varias zonas francas, autorizada para producir, transformar o ensamblar bienes, mediante el procesamiento de materias primas o de productos semielaborados.
  • Usuario Industrial de Servicios: Persona jurídica autorizada para desarrollar en una o varias zonas francas las siguientes actividades: Logística, manipulación, distribución, empaque, reempaque, envase, etiquetado o clasificación, soporte técnico, mantenimiento y reparación de equipos, naves, aeronaves o maquinaria. Etc.
  • Usuario Comercial: Persona jurídica autorizada para desarrollar actividades de mercadeo, comercialización, almacenamiento o conservación de bienes, en una o varias zonas francas.
  • Empresas de Apoyo: Empresas que desarrollan servicios de vigilancia y mantenimiento, guardería, cafeterías, entidades financieras, restaurantes, capacitaciones. Etc. Estas empresas no gozan de los beneficios tributarios, aduaneros y de comercio exterior.

Beneficios que Ofrecen las Zonas Francas.

  • Tributarios: De acuerdo con el artículo de 240-1 el estatuto tributario, esta contemplada una tarifa especial del 15% en el impuesto de renta y complementarios sobre sus ingresos, asi como tambien del impuesto de renta y de remesas para los pagos y transferencias al exterior por concepto de intereses y servicios técnicos, por los usuarios industriales de bienes y servicio.
  • Cambiarios: Está la libertad de posesión y negociación de toda clase de divisas convertibles dentro del área de zona franca, así como la posibilidad de mantener tales divisas en depósitos o cuentas corrientes en bancos colombianos o del exterior.
  • Comercio Exterior y Aduanas: Contempla la exención de derechos de importación para los bienes provenientes del exterior y del interior a las zonas francas industriales y comerciales.
  • Inversión Extranjera: Beneficios a las inversiones de capital extranjero sobre la repatriación libre de utilidades y capital bajo las siguientes modalidades: Divisas, materias primas y bienes intermedios, servicios técnicos y activos intangibles, maquinaria y equipo, y las que contemple la ley.

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